Condena a Cristina Kirchner: "Se comprobó un hecho de corrupción estatal que atenta contra la sociedad"
Lo sostuvieron en un fallo de 1.600 páginas y dijeron que el fin de la maniobra era asegurar un "beneficio económico" para Néstor y Cristina Kirchner.

El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) hizo públicos los fundamentos de la sentencia condenatoria contra Cristina Kirchner y Lázaro Báez en el caso Vialidad y aseguró -en un fallo de 1.600 páginas- que lo que se juzgó y probó fue "un hecho de corrupción estatal".
En los fundamentos, de forma unánime, los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu indicaron que se acreditó en la maniobra investigada la intervención "de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública", en referencia Báez.
Al respecto añadieron que la finalidad fue "asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner".
La Cámpora y una vigilia en plaza Lavalle frente al Palacio de Tribunales en apoyo a Cristina Kirchner por los fundamentos de su sentencia-
Los magistrados fueron durísimo con el vínculo de los Kirchner con Báez y sostuvieron que dejaron los controles de lado por la relación que mantenían. "En lugar de la relación de distancia y contralor que debió signar el vínculo entre las dimensiones pública y privada, aquí hemos visto una promiscua y absoluta confusión entre ambas esferas".
Según los jueces la estructura de los delitos estuvo marcada por todo tipo de "acuerdos espurios entre las personas interesadas" algo que encontraron "propio de las prácticas organizadas de corrupción estatal y empresarial y visos propios de los delitos económicos", tendientes a "asegurar los beneficios económicos" a favor de los Kirchner y Báez.
El 6 de diciembre pasado, Cristina Kirchner se convirtió en la primera vicepresidenta en ejercicio del poder, con una condena por corrupción. El TOF 2 integrado por los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, la encontró responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado. El daño ocasionado se estimó en 80.000 millones de pesos.
Los fundamentos de esa sentencia llegan ahora, pero en ese momento tras la condena los magistrados ya habían adelantado que estaba probada una "maniobra fraudulenta" que perjudicó los intereses del Estado nacional.
Ahora los magistrados sostuvieron en los fundamentos de la sentencia que las obras viales licitadas en suelo santacruceño fueron "sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas" a Báez. Y añadieron que la conformación de su holding y el crecimiento económico del mismo fue "exponencial".
Los magistrados indicaron que los funcionarios condenados "operaron al margen del interés público", configurando, "detrás de una apariencia de licitud, una sincronizada y unívoca disposición del aparato estatal enderezado a la consumación del delito".
Carteles de apoyo a Cristina Kirchner que pusieron militantes K.
Los fundamentos de la condena refieren en varios tramos a la "promiscuidad" manifiesta entre distintas personas -integrantes de las constructoras y de los gobiernos nacional y provincial- con el fin de beneficiar al ex socio comercial de Cristina Kirchner.
Prueba corroborada y válida a la hora de fijar las responsabilidades penales, los testimonios signados por la credibilidad, fueron parte de las consideraciones iniciales que los jueces realizaron.
Sobre los más de cien testigos que comparecieron ante el Tribunal durante más de dos años, señalaron: "Nos encontramos en condiciones de afirmar la credibilidad de las personas que declararon en este juicio".
Después de explicar las pruebas analizadas, el TOF 2 ratificó algo que se señaló el día de la sentencia: "Podemos afirmar que mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional".
La evidencia expuesta durante el juicio, ponderaron los jueces, permite sostener que durante los gobiernos kirchneristas "las obras viales licitadas en esa provincia (Santa Cruz) fueron sistemáticamente adjudicadas" al grupo de Lázaro Báez.
Sobre el Grupo Austral el Tribunal hizo una distinción no menor, su conformación y "crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción".
Aquellos procesos fueron llevados a cabo, en su mayoría, por la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz (AGVP), en virtud de facultades delegadas por la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y, ocasionalmente, por este último organismo en forma directa.
Quienes estuvieron al frente de estos organismos como en otros cargos nacionales vinculados a la obra pública vial, "operaron de diversas maneras al margen del interés público en el marco del desarrollo de las licitaciones y la ejecución de las obras -cada cual según su rol y competencia- configurando, detrás del velo de legalidad, una sincronizada y unívoca disposición del aparato estatal enderezado a la consumación del delito", señalaron los jueces.