Iniciativa de Amarilla, Villaggi y Zaiser
Proponen ley para reconocer y regular el ejercicio profesional de la puericultura

La regulación y el reconocimiento del ejercicio profesional de la puericultura es motivo de un proyecto de ley presentado por Juan Carlos Amarilla, Agostina Villaggi y Carla Zaiser, de la bancada radical.
La puericultura, como explican en los fundamentos del proyecto, tiene como objetivo optimizar los cuidados del niño en todos sus aspectos, físico, emocional, mental y espiritual desde su concepción, vida intrauterina, nacimiento y los primeros años de su primera infancia.
Es una ciencia nueva, estructurada dentro de los últimos ciento veinte años, dedicada durante los primeros años exclusivamente a los cuidados físicos del niño privilegiando el logro de un cuerpo que crezca sano, centrado en la higiene, los beneficios de la lactancia materna y cuidados del niño.
El articulado del proyecto tiende a regular el ejercicio profesional de la actividad de los puericultores en la provincia de Formosa. Y considera profesionales del área a: la actividad de asistencia a la madre y al hijo por nacer o nacido, en los aspectos relacionados a la lactancia, cuidados del neonato y su crianza, realizada en forma autónoma por personas habilitadas. Asimismo, será considerado ejercicio de la puericultura la docencia, investigación y asesoramiento sobre temas anexos.
Además, define a la puericultura como la ciencia que se ocupa de los cuidados de salud del niño durante sus primeros años de vida. Es una disciplina complementaria de la pediatría, asociada más específicamente a la pediatría preventiva, que se compone de una serie de técnicas, normas y procedimientos empleadas para ofrecerle al niño condiciones idóneas para un saludable desarrollo en sus aspectos físico, fisiológico, psicológico y social, desde el momento de su concepción, hasta los seis años de edad, pudiéndose extender hasta la pubertad.
Proponen que la puericultora o el puericultor podrán ejercer su actividad autónoma en forma individual y/o integrando equipos interdisciplinarios, en forma privada o en instituciones públicas o privadas que requieran sus servicios. En ambos casos podrá hacerlo a requerimiento de especialistas en otras disciplinas o de personas que voluntariamente soliciten su asistencia profesional.
Consideran autoridad de aplicación de la ley propuesta al Ministerio de Desarrollo Humano o repartición que lo reemplace en el futuro.
En cuanto a las funciones del organismo regulatorio serán las registrar a las instituciones educativas de formación en puericultura. Expedir la certificación habilitante y/o matrícula para el desempeño del ejercicio de la puericultura.
También tendrá la facultad de dar publicidad de la nómina de puericultores registrados con certificado y/o título habilitante inscriptos en el Registro Único de Puericultores a todas las personas, efectores de salud o instituciones que lo soliciten, el cual debe ser publicado y actualizado en la página web de la autoridad de aplicación. Desarrollar actividades de difusión pública que promuevan la profesionalización de las tareas de los puericultores. Y la de crear y actualizar el registro establecido.
Para tal fin, el proyecto señala la necesidad de crear en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia el Registro Único de Puericultores a fin de nuclear a las profesionales en la materia y avalar que sus integrantes cuenten con formación en instituciones oficiales o especializadas debidamente acreditadas.
El puericultor como profesional sanitario posee conocimientos extensos sobre la fisiología, ventajas, técnicas y manejo clínico del niño amamantado a pecho, siendo capaz, no solo de intervenir al detectar alguna dificultad en la lactancia sino de pesquisar otros problemas que requieren la participación de otros profesionales, de la salud para abordar de manera integral. De igual modo, su participación es convocada por otros profesionales del equipo de salud, como médicos neonatólogos, médicos pediatras, obstetricia, nutrición, enfermería, entre otros.
Finalmente, aclara que para la elaboración del presente proyecto de ley se ha tenido presente iniciativas de la hermana provincia de Corrientes, concretamente de los diputados Albana V. Rotela Cañete y Javier Sáez (Expte. 16830/2020) y de los diputados María Eugenia Martini, Humberto Alejandro Marinao de la Legislatura de la hermana provincia de Rio Negro; Profesional de nuestro medio la Dra. Valeria Eidler y la Comisión Directiva de la UPA (Unión de Puericultoras de la República Argentina).