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El 26 los Radicales a las Urnas

La Justicia Federal rechazó las denuncias presentadas por Gerardo Piñeiro contra la interna de la UCR

El Juzgado Federal Nº 1 de Formosa a cargo del doctor Morán, rechazó las actuaciones por inconstitucionalidad y la solicitud de una cautelar iniciadas por Gerardo Piñeiro, precandidato a Presidente del Comité Provincial del Partido; y apoderado de la Lista Interna "Oliva Plateado", y las elecciones se celebrarán el 26 de mayo

También competirán por la conducción de los Comites Distritales en 12 localidades, entre ellas Formosa, Clorinda y El Colorado

Completan la lista de las localidades que iran a internas por las conducciones partidarias locales: Herradura, Misión Laishí, Laguna Blanca, Estanislado del Campo, Palo Santo, Subteniente Perín, Ingeniero Juárez, Riacho He Hé, Las Lomitas.

Atento lo dictaminado por el Fiscal Federal Luis Benítez, considerando "excesivo instaurar una acción de inconstitucionalidad de la Carta Orgánica por parte de la actora, sin tan siquiera intentar por los mecanismos internos la modificación de tales normas", y que"lo expuesto demuestra la sinrazón de la Acción de Inconstitucionalidad intentada contra la Carta Orgánica aprobada por unanimidad" y concluyendo en que "se debe rechazar la acción de inconstitucionalidad, como así la cautelar intentada, por considerar que no se dan los parámetros exigidos por la norma".

 

"Máxime aún si se tiene en cuenta que el Dr. José Gerardo Piñeiro formó parte de la Comisión redactora del articulado de la Carta Orgánica Partidaria cuya inconstitucionalidad solicita hoy, y ha votado a favor de su aprobación; sin plantear objeción alguna", remarcó el Fiscal Benitez. –

 

Por lo que el Juez con Competencia Electoral Pablo Fernando Morán, decidió RECHAZAR la acción declarativa de certeza e inconstitucionalidad de los artículos 24 bis y 94 de la Carta Orgánica Partidaria, interpuesta por José Gerardo Piñeiro, Carlos Manuel Barbieri y Patricia Elizabeth Cappello, bajo el patrocinio letrado de la Dra. María Graciela Martinis; como así también la medida cautelar intentada; todo ello conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos. 

Y de igual manera ORDENAR a la Junta Electoral y al Comité de Distrito de la Unión Cívica Radical, garantizar el derecho de los afiliados de elegir y ser elegidos en pos de un proceso transparente y respetando las normas legales vigentes en la materia. –